Multa por circular sin seguro: sanciones y cómo mostrar la póliza
Publicado el · Actualizado el · Por el equipo de InfoMultas AR
Circular sin seguro es una falta grave según la Ley Nacional de Tránsito 24.449: todo auto, moto, acoplado o semiacoplado debe tener un seguro vigente que cubra los daños a terceros, y el conductor tiene que llevar el comprobante, que puede mostrarse en papel o en formato digital. Si te controlan sin él, te exponés a una multa, a la retención de la licencia y a perder puntos en las jurisdicciones con scoring. Y si chocás sin cobertura, el problema deja de ser la multa y pasa a ser la deuda.
A continuación te contamos qué exige la ley, qué diferencia hay entre no tener seguro y no llevar el comprobante, qué sanciones se aplican y cómo acreditar la póliza en un control.
Qué exige la ley sobre el seguro obligatorio
El artículo 68 de la Ley 24.449 establece que todo automotor, acoplado o semiacoplado debe estar cubierto por un seguro, según las condiciones que fije la autoridad en materia aseguradora (la Superintendencia de Seguros de la Nación), que cubra los daños causados a terceros, transportados o no. La misma obligación rige para las motocicletas.
Ese artículo también dice que el seguro obligatorio es anual y que puede contratarse con cualquier aseguradora autorizada para operar en el ramo, que debe entregarte el comprobante. Un detalle poco conocido: los gastos de sanatorio o velatorio de terceros deben ser abonados de inmediato por el asegurador, sin perjuicio de los reclamos que vengan después.
Por su parte, el artículo 40, inciso c) incluye entre los requisitos para circular llevar el comprobante de seguro en vigencia. Desde la Ley 27.510 (2019), ese comprobante puede exhibirse en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos, como el celular.
No tener seguro vs. no llevar el comprobante
Son dos situaciones distintas, aunque en la calle se confundan:
- No tener seguro vigente: el vehículo circula sin cobertura porque la póliza nunca se contrató, se dio de baja o está suspendida por falta de pago. El artículo 77, inciso f), considera falta grave la circulación sin el seguro obligatorio vigente.
- Tener seguro pero no poder acreditarlo: la póliza existe, pero no llevás el comprobante ni en papel ni en el celular. El artículo 77, inciso y), considera falta grave conducir careciendo del comprobante que acredite el cumplimiento del artículo 68.
En la práctica, la segunda situación suele ser más fácil de resolver: si después demostrás que la póliza estaba vigente al momento del control, tenés un argumento sólido para el descargo. En la primera, en cambio, la infracción existe y lo único que queda es regularizar.
Qué sanciones se aplican
Multa
La Ley 24.449 expresa las multas en unidades fijas (UF), que equivalen al precio del litro de nafta de menor valor, con un rango general de 50 a 5000 UF (artículo 84). Cada provincia o municipio fija sus propios valores y descuentos, por lo que no hay un monto único en pesos para todo el país. Si querés conocer el importe de un acta concreta, consultalo en el organismo que la emitió.
Retención de la licencia
El artículo 72 bis, incorporado por la Ley 26.363, prevé que ante ciertas faltas graves (entre ellas la del inciso y del artículo 77, es decir, conducir sin el comprobante del seguro) la autoridad retenga la licencia y la reemplace en el acto por una Boleta de Citación del Inculpado. Ese documento te habilita a manejar por un máximo de 30 días corridos, dentro de los cuales tenés que presentarte ante el juez o funcionario para pagar o ejercer tu defensa. Si no te presentás en ese plazo, se presume tu responsabilidad.
Puntos de la licencia
En las jurisdicciones adheridas al scoring nacional, el anexo del Decreto 242/2022 establece que circular sin cobertura de seguro obligatorio descuenta 4 puntos. Negarse a exhibir la documentación exigible, que incluye el comprobante del seguro, también descuenta 4 puntos.
Retención del vehículo
Muchas jurisdicciones prevén, además, que el vehículo sin seguro quede retenido o sea remitido a un depósito hasta que se acredite la cobertura, con los gastos de traslado y estadía a cargo del titular. Este punto depende del régimen local, así que conviene revisarlo en tu provincia o municipio.
| Situación | Norma nacional | Consecuencias posibles |
|---|---|---|
| Circular sin seguro vigente | Art. 68 y art. 77 inc. f) | Multa por falta grave, 4 puntos de scoring, posible retención del vehículo según la jurisdicción |
| Circular sin el comprobante | Art. 40 inc. c) y art. 77 inc. y) | Multa, retención de licencia con boleta de citación válida por 30 días |
| Negarse a exhibir la documentación | Art. 77 inc. g) | Multa y 4 puntos de scoring |
El riesgo más grande: chocar sin seguro
La multa es lo de menos. Si provocás un siniestro sin cobertura, vas a tener que responder con tu patrimonio por los daños materiales, los gastos médicos y las indemnizaciones de las personas afectadas. Y si el otro conductor tiene seguro, su compañía puede pagarle y después reclamarte a vos lo que haya desembolsado. Una deuda así puede superar muchas veces el valor del auto.
Por eso, aunque el seguro obligatorio es la cobertura mínima, contratarlo y mantenerlo al día es la forma más barata de protegerte.
Cómo acreditar la póliza en un control
El comprobante que te entrega la aseguradora tiene que incluir, según la información oficial del Estado nacional, estos datos:
- Número de póliza y de endoso.
- Datos de la aseguradora: nombre, domicilio y teléfono.
- Vigencia de la cobertura, con fecha y horario de inicio y fin.
- Datos del vehículo: tipo, marca, dominio (patente), número de motor y de chasis.
En papel
La clásica tarjeta o constancia impresa sigue siendo válida. Guardala junto con la cédula del vehículo y revisá que la fecha de vigencia esté al día.
En el celular
Desde la Ley 27.510 podés mostrar el comprobante en formato digital. La mayoría de las aseguradoras lo envía por correo electrónico o lo deja disponible en su aplicación o sitio web. Algunos consejos para que no tengas problemas:
- Descargalo antes de salir: si lo tenés solo en la app de la aseguradora y no hay señal en el control, no vas a poder mostrarlo. Guardá una copia en PDF o una captura legible.
- Verificá que sea el vigente: después de cada renovación, reemplazá el archivo viejo por el nuevo.
- Tené batería: parece obvio, pero un celular apagado equivale a no llevar el comprobante.
- Si prestás el auto: mandale el comprobante a quien lo va a manejar.
Qué hacer si te multaron
Si te labraron un acta por no llevar el comprobante pero la póliza estaba vigente, reuní la documentación que lo demuestre: el comprobante con la vigencia que abarque la fecha y la hora del control, y si es posible una constancia de la aseguradora. Con eso podés presentar un descargo ante el juzgado o la oficina de faltas correspondiente. En nuestros modelos de descargo tenés textos base, y en la guía rápida te explicamos los pasos para consultar y gestionar una multa.
Si el vehículo realmente no tenía seguro, lo primero es contratar la cobertura antes de volver a circular. Después, evaluá el pago voluntario si tu jurisdicción ofrece una reducción. Y si te retuvieron la licencia, prestá atención al plazo de 30 días de la boleta de citación: dejarlo vencer complica todo, porque si no te presentás pasados 90 días desde su emisión, la ley prevé que la licencia retenida se destruya y tengas que tramitar una nueva.
Cómo evitar quedarte sin cobertura
- Activá el débito automático o agendá el vencimiento de cada cuota: la falta de pago puede dejar la póliza suspendida sin que te des cuenta.
- Contratá solo con aseguradoras autorizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
- Si vendés o comprás un auto usado, asegurate de que la cobertura esté a nombre de quien corresponde y con los datos correctos del vehículo.
- Revisá que la patente, el motor y el chasis del comprobante coincidan con la cédula: un error de carga puede generar problemas en un control o en un siniestro.
En resumen
El seguro contra terceros es obligatorio para todos los autos y motos, y circular sin él o sin poder acreditarlo es una falta grave. La multa, la retención de la licencia y los puntos del scoring son las consecuencias inmediatas, pero el verdadero riesgo es tener que afrontar un siniestro sin cobertura. Mantené la póliza al día y llevá siempre el comprobante, en papel o en el celular.
Esta información es general y no reemplaza el asesoramiento legal. Verificá la normativa vigente en tu jurisdicción.